Información que recibe y analiza la UIF, sobre los movimientos financieros de las personas y las empresas.
06 Agosto 2026
¿QUÉ ES LA UIF?
Es un órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que surgió en mayo de 2004 con la finalidad de coadyuvar en la prevención y combate de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Realiza tres funciones fundamentales: Recibe información, la analiza y, cuando detecta elementos de riesgo, incluye a la persona o empresa dentro de la lista de personas bloqueadas. Además, si considera que pudiese estar cometiendo un delito relacionado con el lavado de dinero, dará vista al ministerio público federal.
Recibe información de:
- Sistema Financiero (Bancos, casas de bolsa, aseguradoras, transmisores de dinero, sociedades financieras y demás entidades obligadas).
- Quienes realizan Actividades Vulnerables conforme el artículo 17 de la LFPIORPI.
De enero a abril de 2026 la UIF recibió 10 millones 804 mil 624 reportes por conducto de sus órganos reguladores.
De enero a abril de 2026 se recibieron 3 millones 292 mil 508 avisos de las actividades vulnerables.
¿QUÉ SUCEDE CUANDO LA UIF DETECTA OPERACIONES INUSUALES O SOSPECHOSAS?
Una de las herramientas con las que cuenta es la incorporación de personas físicas o morales a la Lista de Personas Bloqueadas.
De enero a abril de 2026 se han emitido 82 acuerdos de incorporación a la Lista de Personas Bloqueadas.
¿QUÉ SUCEDE CUANDO LA UIF DETECTA OPERACIONES INUSUALES O SOSPECHOSAS?
Las instituciones financieras suspenderán de manera inmediata la realización de actos, operaciones o servicios relacionados con las personas incluidas en la lista.
Inmovilización de cuentas bancarias y la imposibilidad temporal de disponer de recursos financieros.
