#Contribuyente: para 2020, se pretende incluir al artículo 5°-A del #CódigoFiscal la facultad de AUTORIDAD FISCAL para que se recaractericen los #ActosJurídicos, que NO TENGAN #RazónDeNegocios y que generen un #BeneficioFiscal a las personas que los ejecuten, a efecto de que los considere como aquellos que se habrían realizado *para la obtención de un beneficio económico*. En ese nuevo artículo se señala que no existe razón de negocios cuando el beneficio económico cuantificable, sea menor al beneficio fiscal que obtenga la persona. Todos los detalles sobre esta recaracterización de operaciones, AQUÍ. =============================== ☑️PLATAFORMA DE ACTUALIZACIÓN =============================== ◎ Si deseas conocer más sobre este y otros tema de actualidad, te invitamos a suscribirte a nuestra plataforma de actualización, en donde recibirás de forma GRATUITA material como este → http://ABOEMPRE.me/NmD