¿Puede fiscalizarme la autoridad, aún y cuando ya hayan transcurrido más de cinco años?

¿Puede fiscalizarme la autoridad, aún y cuando ya hayan transcurrido más de cinco años?

En días pasados el TFJA, publicó un criterio en el cual se estableció que, dentro de las facultades de comprobación se incluía la de revisar el origen de pérdidas fiscales o de saldos a favor aplicados durante el ejercicio revisado, lo cual implica que se faculte a la autoridad fiscal para que pueda revisar los rubros que originaron la pérdida o el saldo a favor,  aún y cuando los hechos o actos que generaron esos importes, se hayan realizado con más de cinco años de antigüedad.

Si quieres conocer a detalle lo establecido en el criterio de referencia, te invitamos a que te registres y puedas seguir de manera gratuita, nuestra Sesión de Actualización on Line, que se llevará a cabo el próximo Miércoles 21 de Noviembre, en punto de las 9:00 horas.  

Para obtener tu acceso a la sesión, regístrate en nuestra página web: www.aboempre.com.mx

 

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