Se publican en el DOF, las reglas generales en materia de comercio exterior para el 2018.

Se publican en el DOF, las reglas generales en materia de comercio exterior para el 2018.

Dicho conjunto normativo se dio a conocer en el periódico oficial el pasado 18 de diciembre de 2017. El objeto de esas normas es agrupar y facilitar a los contribuyentes el conocimiento de las disposiciones en materia de comercio exterior. De los aspectos más sobresalientes de esa normatividad destacan los siguientes:

  • Se establece en la Regla 1.1.2., que los proyectos de resolución de modificaciones a las RGCE, tendrán carácter informativo para el contribuyente y vinculatorio para la autoridad.
  • La regla 2.2.9, establece como beneficio para propietarios de mercancías que, en términos del artículo 32 de Ley Aduanera, pasaron a ser propiedad del fisco federal por abandono, el poder recuperarlas sometiéndolas a un régimen aduanero y acreditando previamente la propiedad de las mismas, siempre que se hubiere realizado el pago por las contribuciones correspondientes.
  • En la Regla 3.2.9, se establece como beneficio para las personas físicas extranjeras que realicen actividades de periodismo en prensa, radio, televisión, o bien actividades de cinematografía, la facilidad de realizar la importación temporal del equipo para realizar dichas actividades en el país, sin la necesidad de utilizar los servicios de un Agente Aduanal, ni la generación de un pedimento que lo acredite.

  • Se crea el capítulo denominado “Esquema Integral de Certificación”, en el que se establecen diversos beneficios relacionados con la inscripción de nuevas empresas a al esquema de certificación. En dicho apartado se contempla un procedimiento especial para empresas cuya certificación en materia de IVA/IEPS se encuentre por vencer, el cual consiste en la presentación de un aviso de renovación inmediata, en donde el contribuyente acepta cumplir con todos y cada uno de los requisitos necesarios para su acceso, sin necesidad de exhibir documentación o información en dicho trámite, a menos que sea posteriormente requerido por la autoridad certificadora.

  • Se consigna que a partir de 2018, es obligatorio cumplir con la exhibición de los elementos señalados en el artículo 81 del Reglamento de Ley Aduanera, para de demostrar el valor de la mercancía en el trámite de importación mediante pedimento.

  • En los transitorios de la resolución se establece que, las normas ahí contenidas entran en vigor a partir del 1° de enero de 2018, a excepción de diversas reglas señaladas en ese mismo apartado; además de establecer que a partir de la fecha señalada se abrogan las RGCE, publicadas el 27 de enero del 2017.

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