SE PUBLICA EN EL DOF LA TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RMF 2018.

SE PUBLICA EN EL DOF LA TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RMF 2018.

Se publicó en el DOF la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, y sus Anexos 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 17, 23, 30, 31 y 32. En esa publicación se incluyen diversos cambios respecto de los cuales, hace algunos días les remitimos una nota con el recuento de las modificaciones más importantes consignadas en el proyecto que había publicado el SAT, las cuales mencionamos a continuación:

  • Las referencias al DF y a las Delegaciones en las promociones, los CFDI’s, avisos e informes presentados ante las autoridades fiscales se entenderán hechas a la CDMX y a sus Alcaldías.
  • Se formaliza la regla que establece los lineamientos para ejercer la opción para consignar “Pago en una sola exhibición”, en el CFDI, y con ello eximirse de emitir complemento de pago.
  • Se prorroga hasta el 1o. de noviembre de 2018, el procedimiento para la cancelación del CFDI. También se contempla una regla en la que se establece que, no es necesario contar con la autorización del receptor del CFDI para cancelarlo, cuando se trate de aquellos que amparen importes de hasta cinco mil pesos, y cuando el comprobante con clave “PUE”, no se pague en su totalidad a más tardar el 17 del mes siguiente al de la operación. 
  • Las personas físicas dedicadas al arrendamiento o actividades empresariales y profesionales, presentarán sus pagos provisionales del ISR e IVA, vía la herramienta “Mi contabilidad”, manifestando los ingresos y gastos estén o no amparados en sus CFDI, y el cálculo de los impuestos será manual.
  • Se prorroga el plazo para que, el contratante realice la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral, respecto de enero a septiembre de 2018, hasta el último día de octubre de 2018, y para la presentación del aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio 2017, el cual se tenía que haber presentado a más tardar el 30 de septiembre de 2018.

De acuerdo a los Transitorios de la publicación oficial, esa resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

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