¿Qué necesito para deducir gastos médicos?

¿Qué necesito para deducir gastos médicos?

A partir del ejercicio fiscal de 2017, las personas físicas podrán deducir los gastos erogados por concepto de honorarios por servicios dentales, en materia de psicología y nutrición, además de los servicios médicos que ya se podían deducir con anterioridad. Para que sea procedente la deducción de esos gastos, entre otros requisitos, se requiere que el contribuyente pague los servicios mediante tarjeta de crédito, débito o transferencia electrónica y que el prestador del servicio le emita la factura correspondiente.

Por lo anterior, le recomendamos que, antes de que le sea prestado el servicio se cerciore que el prestador cuente con terminal bancaria para cubrir sus honorarios mediante tarjeta bancaria, o que le autorice hacer el pago mediante transferencia electrónica, ya que en caso de que el gasto se cubra en efectivo, dicha erogación no será deducible, aunado a que la ley no obliga al prestador de servicios a que cuente con los instrumentos necesarios para hacer el pago electrónico de los servicios que presta. Es importante precisar que la RMF para el 2018, establece que incurren en una práctica fiscal indebida aquellos consultorios médicos, dentales, psicológicos, en materia de nutrición y hospitalarios, que no cuenten con medios electrónicos para realizar el pago.

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