Plazo para que opere la caducidad en materia administrativa en la CDMX

Plazo para que opere la caducidad en materia administrativa en la CDMX

El pasado 12 de Junio de 2019, se publicaron en la gaceta de la Ciudad de México, diversas reformas a la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, una de las más relevantes es la adición al artículo 32, el cual ahora contempla que: tratándose de procedimientos administrativos iniciados de oficio, transcurrido el plazo de tres meses sin que la administración pública de la Ciudad de México haya emitido la resolución correspondiente, se producirá la caducidad del mismo.

Dicho artículo al establecer la caducidad del procedimiento, otorga certeza jurídica a los gobernados de la Ciudad de México y supone un avance notable respecto de la relación entre el Estado y el gobernado.

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