Novedades destacables en materia de comercio exterior

Novedades destacables en materia de comercio exterior

NUEVA LIGIE

1. ¿En qué consiste?

En la publicación del “Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, en el Diario Oficial de la Federación del 7 de junio de 2022.

 

2. ¿Por qué es importante?

Porque se implementaron las recomendaciones de la “Séptima Enmienda de la OMA” acorde con el actual flujo de productos en las operaciones comerciales internacionales. Porque permitirá que la identificación de las mercancías se realice con mayor detalle.

 

3. ¿Cuáles son los cambios más significativos?

Se adecuaron las fracciones arancelarias a través de la asignación de subpartidas específicas, se crearon, modificaron y eliminaron diversas facciones arancelarias y se hicieron reagrupamiento de partidas y subpartidas.

Los ajustes más trascendentes están relacionados con temas ambientales, sociales y tecnológicos, para ello se agregaron nuevas fracciones arancelarias entre las que destacan: sustancias químicas que pueden ser utilizadas para la elaboración de drogas y psicotrópicos, así como otros que afectan el medio ambiente; placebos y juegos de ensayos clínicos, desperdicios de la industria eléctrica y electrónica; drones, etc.

 

4. ¿Que hay que tomar en cuenta?

Que la Secretaría de Economía deberá publicar en breve los siguientes documentos relacionados:

  • Metodología para la creación de los NICOS (número de identificación comercial) en un plazo de 20 días naturales.

  • Publicación de los NICOS y tablas de correlación con fracción arancelaria, en un plazo de 40 dn.

  • Notas Nacionales, en un plazo de 60 dn.

  • Modificación a todo ordenamiento legal que deba realizarse para ser acorde a la nueva LIGIE, dentro de los 90dn.

 

5. ¿Cuándo entra en vigor?

Entrará en vigor a los 10 días hábiles siguientes a aquel en que el SAT determine mediante RGCE, que los sistemas utilizados en las operaciones de comercio exterior están listos para operar. Esto es dentro de los 180 días siguientes a su publicación.

 

TRAMITES IMMEX CON FEDATARIO

1. ¿Cuáles son?

Diversos trámites que se realicen ante la SE con relación a Programas de Fomento a las Exportaciones, tales como IMMEX, Prosec, etc., deben ser acompañados de “fe de hechos” por cualquier fedatario público.

 

2. ¿Qué cambia?

De acuerdo con las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior, (publicadas recientemente por la Secretaría de Economía en el DOF del 9 de mayo de 2022), ahora solo se deberán utilizar servicios de fé pública a cargo de Corredores Públicos habilitados por la Secretaría de Economía. Esto es, las diligencias de “fe de hechos” no deberán ser emitidas ya por un Notario Público o cualquier otro. Esta disposición entrará en vigor a partir del 9 de noviembre de 2022.

 

3. ¿Qué otras alternativas existen?

La SE dará a conocer la lista de los funcionarios autorizados para realizar estas verificaciones, de acuerdo con la regla 3.1.1.

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